lunes, 5 de julio de 2010

SOCIEDAD Y DERECHOS HUMANOS

VIABILIDAD DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL QUE DOTARIA A LA COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS DE LA FACULTAD DE INVESTIGACION (I)

DR. JULIÁN GERMÁN MOLINA CARRILLO*

El pasado 8 de abril, la Cámara de Senadores aprobó un proyecto de reforma constitucional en materia de Derechos Humanos, el proyecto contempla modificaciones a los artículos 1, 3, 11, 15, 18, 29, 33, 89, 97, 102 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La reforma constitucional es un asunto pendiente y exigido no sólo por las Organizaciones de Derechos Humanos desde hace años, es un tema señalado reiteradamente por Organismos Internacionales (entre ellos la Organización de las Naciones Unidas y el Sistema Interamericano) como indispensable para cambiar la terrible realidad de los Derechos Humanos en el país, no debemos olvidar que 2009 fue un año de importante actividad legislativa en materias electoral y energética, y que el tema de Derechos Humanos quedó como un pendiente, a pesar de que, a fines de la anterior legislatura, la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de reforma en la materia, en aquel momento nos dio la impresión que dicho proyecto (aprobado en abril de 2009) se había realizado sin un verdadero compromiso de los legisladores con los Derechos Humanos.
Ese texto, impulsado en 2009 por la Secretaría de Gobernación, proponía reformar los artículos 1, 11, 33, 89 y 102, y a pesar de contener aspectos positivos, resultaba deficiente no sólo por lo limitado de la propuesta, sino porque resultaba contradictorio en su contenido, esto fue notado por los senadores cuando recibieron el proyecto, y desde un principio señalaron que era deficiente y dijeron que tenía pocas probabilidades de ser aprobado en esa instancia, el texto no fue puesto a consideración del pleno de la cámara alta y los senadores trabajaron en una propuesta propia de reforma constitucional en materia de Derechos Humanos, en la que participaron las comisiones de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y la de Reforma del Estado.
La propuesta de reforma, aprobada ya en el Senado y que será próximamente discutida en la cámara baja, es más amplia que la aprobada por los diputados hace más de un año, pues aborda modificaciones y adiciones a los artículos 1, 3, 11, 15, 18, 29, 33, 89, 97, 102 y 105 de la Constitución, pero puede resultar más controversial al mismo tiempo, toda vez que en ella entre otras propuestas destacan que se reconocería el rango constitucional de los Derechos Humanos en la misma y en tratados internacionales, así como la obligación de respetarlos por parte de las autoridades de todos los poderes y niveles de cuestión, en la que nuestra Constitución resultaba insuficiente, al reconocer únicamente las garantías individuales (redacción aún sujeta a discusiones conceptuales), y otro aspecto que parece sencillo, pero que no es menor, es el último cambio fundamental que en materia de Derechos Humanos contiene esta propuesta, y el cual resulta la propuesta más controvertida, que consiste en la faculta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a realizar las investigaciones sobre hechos que constituyan violaciones graves a los Derechos Humanos, facultad antes reservada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y que impide a cualquier dependencia negar información solicitada por la CNDH.
Sin embargo, la gran interrogante es si era necesario incluir este punto o si la CNDH ya tenía esas facultades, y lo mas importante, que tan positivo o viable resultaría dotarla de esta facultad, toda vez que al efecto tendría que atribuírsele el carácter de autoridad, por lo tanto es necesario analizar desde su estructura interna y la forma de elección del Ombusman, hasta los interés políticos que en la Comisión Nacional de Derechos Humanos podrían existir, para con ello aseguran la eficacia, transparencia y trascendencia positiva de sus resoluciones, en el entendido de que una reforma, aunque sea de carácter constitucional, no basta por sí sola para acabar con las violaciones en el país: se requiere de análisis profundo de sus bases y consecuencias, así como de voluntad política para acatar el compromiso que esperamos que dichas reformas contengan.

*Director General del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla.
* Profesor-Investigador del Doctorado en Derecho del Centro de Ciencias Jurídicas de Puebla.

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