sábado, 16 de octubre de 2010

SOCIEDAD Y DERECHOS HUMANOS

16 DE OCTUBRE DIA MUNDIAL DE LA ALIMENTACION

DR. JULIÁN GERMÁN MOLINA CARRILLO*

El Día Mundial de la Alimentación 2010 se celebrará el 16 de octubre, bajo el tema "Unidos contra el hambre".

En 1979, la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) decidió en su 20º Conferencia General que celebraría a partir de 1981 el Día Mundial de la Alimentación el 16 de octubre de forma anual, el mismo día en el que se fundó la organización en 1945.

Los objetivos del Día Mundial de la Alimentación son: fomentar la atención a la producción de alimentos agrícolas, impulsar la cooperación económica y técnica entre los países en desarrollo, subrayar la atención pública sobre el hambre en el mundo y promover la transferencia de tecnologías al mundo en desarrollo, entre otros.

Cada año, distintos gobiernos, organizaciones y asociaciones civiles e internacionales, incluida la FAO, llevan a cabo una serie de actividades para celebrar el Día Mundial de la Alimentación, siendo este organismo desde su establecimiento, quien a nivel internacional a realizado un gran trabajo fructífero en la promoción del desarrollo de la agricultura nacional, como el cultivo de las tierras, la coordinación de programas de desarrollo alimentario y el entrenamiento de técnicos.

Sin embargo la lucha contra el hambre sigue siendo un trabajo enorme toda vez que un comunicado conjunto emitido por la FAO y el Programa Mundial de Alimentos de la ONU (WFP) estima que, para finales del 2010, el número de personas que sufrirán de hambre crónica a nivel mundial será de 925 millones, lo cual implica una reducción de 98 millones en comparación con los 1.023 millones del año pasado, sin embargo, esta cifra es aún "inaceptable".

Desafortunadamente en México la situación no es diferente, y el problema ya mayor, es más alarmante porque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no reconoce de manera explícita el derecho a la alimentación, toda vez que el artículo 4 constitucional solo realiza una mención al respecto en el artículo cuarto constitucional, que señala: “Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación...”

Situación jurídica que a dos décadas del inicio de la lucha para que el derecho a la alimentación se eleve a rango constitucional, aun no es tomada en cuenta por el gobierno mexicano como prioridad en su agenda legislativa, no obstante de que el Derecho humano a la alimentación garantiza el cumplimiento de otros derechos humanos fundamentales.

Por tal motivo en este año para celebrar el día mundial de la alimentación cerca de un centenar de organizaciones sociales e igual número de ciudadanos apremiaron a los diputados a aprobar la minuta que el Senado les envió desde 2005 para reformar el artículo cuarto constitucional, enviando una carta denominada “Derecho constitucional a la alimentación: una decisión inaplazable”, sostienen que al menos 20 por ciento de la población padece hambre y desnutrición, más de la mitad de los mexicanos están en nivel de pobreza y el modelo agroalimentario y nutricional hegemónico ha impuesto una “epidemia de obesidad”.

En este orden de ideas, es importante hacer un llamado a nuestros gobernantes, para que en el 2010 dentro de las celebraciones del día mundial de la alimentación sea tomada en cuenta esta petición, toda vez que elevar a rango constitucional el derecho a la alimentación es uno de los pendientes que en materia social tiene nuestro país y que debe atender con urgencia si México quiere transitar hacia un Estado democrático.

*Director General del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla.
*Profesor-Investigador del Doctorado en Derecho del Centro de Ciencias Jurídicas de Puebla.

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jueves, 7 de octubre de 2010

SOCIEDAD Y DERECHOS HUMANOS ADOPCION HOMOPARENTAL EN MEXICO

DR. JULIÁN GERMÁN MOLINA CARRILLO*
En los últimos años los “grandes cambios producidos por nuevas necesidades o nuevas circunstancias sociales” hacen que las familias tengan que adaptarse a los nuevos tiempos.
Por tal motivo, finalizando la primera década del milenio, es evidente que la Familia como la máxima institución social, es permeada por factores de diversas índoles que establecen repercusiones significativas en toda su organización y en consecuencia en el marco jurídico vigente, así como en la sociedad, asumiendo novedosas tipologías y categorías de funcionamiento.
Así, con la disolución de los roles familiares tradicionales por la integración al campo de trabajo de hombres y mujeres, la aceptación abierta de las preferencias sexuales que en tiempos anteriores eran un tema sin posibilidades de dialogo, familias ensambladas o en sucesivas nupcias, turismo reproductivo, múltiples formas de procreación y las uniones de hecho o uniones libres, se abre la posibilidad de la creación de nuevas familias, y por lo tanto los núcleos familiares han cambiado y actualmente se pueden encontrar nuevas estructuras familiares, que cambian totalmente la concepción de familia que tiene la sociedad.
En este contexto, a partir del 21 de diciembre del 2009, en el Distrito Federal, se permite la adopción a parejas del mismo sexo, convirtiéndola en la primera ciudad de Latinoamérica en permitir la adopción homoparental.
En efecto, fue el Distrito Federal, el primero en el país en autorizar la adopción a homosexuales, lo cual ha provocado gran polémica dentro de algunos sectores específicos de la población heterosexual, quienes se han estado manifestando en contra de dicha determinación.
Sin embargo, abordar el tema de la adopción homoparental “no es tarea fácil e implica un análisis sumamente complejo de todas aquellas circunstancias socioculturales y jurídicas del momento actual”, antes de emitir una opinión, para que esta no resulte contradictoria o errónea de acuerdo a los derechos que le asisten tanto a las parejas del mismo sexo como a los menores sujetos a adopción, tanto a nivel nacional como internacional.
Quienes se oponen a la posibilidad de adopción que ahora tienen en el Distrito Federal las parejas del mismo sexo, argumentan que no es posible incluir a un menor de edad a un núcleo familiar que va a transformar sus preferencias sexuales en el futuro, que lo condenarían a un sinfín de perversiones, y que se debe evitar la discriminación a que serán sujetos los hijos de estas familias por parte del resto de la sociedad.
Sin embargo, estos solo son argumento de grupos determinados de personas, que como tal debemos respetar, toda vez que únicamente son eso opiniones, pero realmente lo que debemos asumir es una posición de análisis del marco jurídico vigente en el campo nacional e internacional, para que esta ley; como las que con posterioridad a ella se reformen o no en el resto del país; no vulneren el marco jurídico vigente, y con ello evitar que se de opiniones en contra sin fundamento.
Partiendo de lo anterior, lo primero que debemos asumir es que la adopción de padres y madres homosexuales tiene que ver con la expresión y legitimación ante la sociedad de que las uniones homosexuales, son tan validas como las heterosexuales, es decir reconocer en primer lugar la validez jurídica de los matrimonios entre personas del mismo sexo, y con ello el respeto a los derechos que de ellas se derivan, como es el caso en particular de la adopción.
Al reconocer lo anterior, sin duda alguna haremos una expresión de igualdad y respeto de sus Derechos humanos., pero por el simple hecho de hacerlo no significa que en automático se den las adopciones en estas parejas, pues en realidad lo realmente importante es aclarar que los candados o medidas de seguridad que las leyes de adopción establecen para las parejas heterosexuales serán las mismas para las parejas del mismo sexo, es decir no el hecho de estar reconocido su derecho significa que todas las parejas del mismo sexo reciban de manera automática a un niño en adopción cuando lo soliciten, sino que deberán ser sometidas al mismo proceso de selección e investigación que las leyes vigentes en la materia establecen para el resto de los matrimonios, y de cuya aplicación dentro del proceso de aceptación de una solicitud de adopción no todos resultan aptos para la adopción, es decir el reconocimiento de un derecho siempre lleva consigo la aceptación de una obligación.
En este contexto, es indudable que las pautas para aceptar o no la adopción homoparental deben surgir de investigaciones científicas de psicólogos, pedagogos, psiquiatras, pediatras y juristas, y las resoluciones que se tomen se deben centrar fundamentalmente en dos aspectos: determinar cuál es la finalidad última de la adopción atendiendo a los derechos tanto de las personas de preferencias sexuales distintas, como de los menores, y cuáles son los valores que la sociedad quiere salvaguardar a través de ella., basados en el análisis de las leyes nacionales e internacionales vigentes y aplicables al caso en particular en nuestro país, sin olvidar que si hemos sido capaces de aceptar los cambios dentro de las estructuras familiares podremos modificar nuestro pensamiento ante la adopción homoparental, aunque al principio se vea difícil de lograr por la resistencia a los cambios sociales.
*Director General del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla.
* Profesor-Investigador del Doctorado en Derecho del Centro de Ciencias Jurídicas de Puebla.
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martes, 7 de septiembre de 2010

12 DE AGOSTO DIA INTERNACIONAL DE LA JUVENTUD

12 DE AGOSTO DIA INTERNACIONAL DE LA JUVENTUD

DR. JULIÁN GERMÁN MOLINA CARRILLO*

El 12 de agosto, se celebra el Día Internacional de la Juventud, el cual fue establecido el 17 de diciembre de 1999 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la resolución 54/120, en la que fue aprobada la recomendación de la Conferencia Mundial de Ministros de Asuntos de la Juventud (Lisboa 8- 12 de Agosto de 1998) para que este día fuera declarado como Día Internacional de la Juventud.
Como todas las fechas especiales designadas por la Organización de las Naciones Unidas, la base de su aprobación es la meta de un objetivo, que de lograrse seria un beneficio del grupo en especial, y el 12 de agosto no es la excepción, toda vez que su objetivo es darle un mayor impulso al programa de Acción Mundial para los Jóvenes, el cual a su vez busca que estos jóvenes organicen campañas de información y accionen la practica para animar el fortalecimiento de la capacidad y la participación de los jóvenes en los procesos y decisiones que afectan su vida.

Concatenado a la anterior, en diciembre del 2009, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 64/134, proclamando el 2010 como el Año Internacional de la Juventud (AIJ), que tiene como meta resaltar la importancia que la comunidad internacional pone sobre la prioridad de las cuestiones de desarrollo juvenil en las estrategias mundiales, regionales y nacionales, actuando bajo el lema “diálogo y la comprensión mutua”, el AIJ tiene como objetivo promover los ideales de paz, el respeto de los derechos humanos y la solidaridad entre generaciones, culturas, religiones y civilizaciones.
En esta resolución, los gobiernos, la sociedad civil, individuos y comunidades en todo el mundo están llamados a apoyar actividades a nivel local e internacional para celebrar el acontecimiento, de igual forma, la resolución alienta a los jóvenes para comprometerse fomentando el progreso, incluso a través del logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, de las Naciones Unidas que apuntan a combatir la pobreza extrema, el hambre, la mortalidad materna e infantil, la falta de acceso a la educación, el trabajo, la igualdad entre el hombre y la mujer, y el cuidado de la salud para el año 2015.
No obstante lo anterior, que evidentemente esta proyectado con objetivos claros y alentadores para la juventud de todo el mundo, es evidente que únicamente se queda en buenas intenciones plasmadas en papel, de manera especial al hablar de la juventud en México, toda vez que la inestabilidad económica actual ha tenido un impacto negativo sobre las perspectivas de empleo decente de los jóvenes de ambos sexos, así como acceso a la educación superior, pues evidentemente con la educación elemental, que tan solo en México cubre hasta la Secundaria, los jóvenes no garantizan un buen futuro, y lamentablemente los jóvenes se enfrentan a una creciente incertidumbre en su transición a la educación superior y a empleos decentes.
Aunado a lo anterior, la crisis económica mundial ha agravado aún más su vulnerabilidad en el mercado laboral, y mas tristemente en el aspecto educativo, toda vez que sin empleo, y sin recursos económicos suficientes que desarrollen proyectos educativo públicos, evidentemente los jóvenes no tiene acceso a la educación superior y muchos menos a las escasas oportunidades de empleo existente, convirtiendo esta situación en la realidad de vida para los jóvenes Mexicanos, los cuales han formado la base del concepto que actualmente esta de moda, el de los muy famosos “ninis”.
Lo anterior, incrementa las filas de desempleo, pues entre 2008 y 2009, la tasa de desempleo registró el mayor incremento anual invirtiendo la tendencia anterior a la crisis, tasa decreciente desde 2002, y a finales de 2009, de unos 620 millones de jóvenes económicamente activos, 81 millones, o el 13 por ciento, estaban desempleados, esto representa 7,8 millones de jóvenes más que en 2007 dato registrado al comienzo de la crisis mundial, y hoy en día, los jóvenes son casi tres veces más propensos que los adultos a estar desempleados.
Bajo este contexto, es urgente hacer un llamado a nuestro gobierno, para que haciendo énfasis en que México a diferencia de muchos otros países del mundo, es un país de jóvenes, coloque entre sus prioridades a la juventud y sus necesidades y metas, así como el respeto y garantía a sus mas elementales derechos humanos, y con ello año tras año podamos celebrar el día internacional de la juventud, forjándoles un futuro exitoso y no solo se quede en discurso político.
*Director General del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla.
* Profesor-Investigador del Doctorado en Derecho del Centro de Ciencias Jurídicas de Puebla.
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lunes, 9 de agosto de 2010

VIOLACION DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS MIGRANTES CENTROAMERICANOS EN MEXICO.

VIOLACION DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS MIGRANTES CENTROAMERICANOS EN MEXICO.

DR. JULIÁN GERMÁN MOLINA CARRILLO*
Es evidente, que la discriminación constituye una forma de exclusión social que no se limita a la raza, sino que tiene que ver con situaciones sociales, económicas, políticas, religiosas y culturales.
En México, todavía hay desplazamientos y expulsiones de indígenas de sus lugares de origen, sanciones impuestas a menores por no rendir honores a la bandera, pruebas de no embarazo que algunas empresas exigen a las mujeres que aspiran a un empleo, y el no menos importante por no realizarse a ciudadanos mexicanos, el maltrato y vejaciones contra migrantes centroamericanos que cruzan el país para llegar a Estados Unidos.
En efecto, de acuerdo con el Instituto Nacional de Migración los trabajadores centroamericanos que emigran a México provienen principalmente de Guatemala, Honduras y El Salvador, sin embargo, los hondureños y los salvadoreños solo se quedan temporalmente, hasta que reúnen el dinero necesario para viajar a los Estados Unidos, y los únicos que realmente tienen a México como destino final son los primeros.
Cruzar de Guatemala a México no es “cosa sencilla” y se complica más si no cuentas con los documentos y los medios económicos necesarios para hacerlo , las personas migrantes provenientes de los países centroamericanos que no cuentan con los requisitos necesarios (y a veces hasta quienes sí cuentan con ellos) optan por los Estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo y Tabasco como vías de acceso a nuestro país, debido a que son los estados de la República Mexicana que colindan con Guatemala y Belice, lo que representa 1 mil 149 Kms. de frontera.

Con base en lo anterior, en los últimos años, el aumento de personal y controles de las fronteras bajo el argumento de perseguir el tráfico de indocumentados ha provocado que los puntos de entrada, así como las rutas de tránsito, se hayan desplazado a sitios más inhóspitos y peligrosos, en el camino, entonces, se muestran tanto las precarias formas de viajar (sobre todo en los trenes de carga que cruzan el país) como la violencia de las bandas delictivas que buscan sacar provecho de su situación.

Luis Arriga Valenzuela, Director del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, explicó que en la ruta de los migrantes están presentes todas las formas de violación a sus Derechos Humanos e incluso a los de sus familias, entre las que destacan abusos sexuales, tortura física y psicológica, explotación laboral y sexual, entre otras.

Uno de los problemas más graves a los que se enfrentan las personas migrantes indocumentadas, hoy en día, es el secuestro de migrantes, según cifras de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, tan solo en 6 meses, de 2008 a 2009, hasta 9 mil 758 migrantes habían sido secuestrado, y en virtud de que el secuestro es una importante fuente de dinero para las bandas delictivas, tiene sistema y va en aumento.

Bajo ese contexto, diversas ONG’s de Derechos Humanos destacan el aumento del secuestro, encontrando vinculación entre autoridades locales, municipales, estatales y federales, en junio de 2009, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, emitió un primer reconocimiento sobre los abusos cometidos por autoridades mexicanas, Amnistía Internacional reporta que “La Comisión Nacional de Derechos Humanos, entrevistó a 238 víctimas y testigos de 198 secuestros de migrantes perpetrados entre septiembre de 2008 y febrero de 2009, de los migrantes entrevistados, 91 manifestaron que su secuestro había sido responsabilidad directa de funcionarios públicos, y otros 99 observaron que la policía actuaba en connivencia con los secuestradores durante su cautiverio, además la CNDH, ha documentado la inacción de las autoridades municipales, que no le proporcionaron información exacta y no investigaron la implicación de la policía en la banda delictiva”.

En este orden de ideas, es evidente que el trato discriminatorio que el Estado Mexicano da a los migrantes se ve reflejado en muy diversos aspectos, uno de los más duros es el caso de las estaciones migratorias que durante mucho tiempo han sido una preocupación constante para las organizaciones civiles, toda vez que son frecuentes los reportes de abusos y malos tratos y violaciones al debido proceso; cuestiones que han motivado denuncias a nivel internacional así como recomendaciones por parte de organismos especializados, sin embargo, a pesar de estas denuncias, la normatividad actual de las estaciones migratorias, escudándose en cuestiones de seguridad sigue siendo un marco que restringe derechos a las personas migrantes.

Por tal motivo es tiempo de que las autoridades mexicanas de todos los niveles realicen actos, que mejoren esta situación y México se convierta en lugar de verdadero respeto de los Derechos Humanos de los migrantes en el caso particular de los centroamericanos y de esta forma exigir el respeto de estos, y de todos los migrantes mexicanos a nivel internacional.

*Director General del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla.
* Profesor-Investigador del Doctorado en Derecho del Centro de Ciencias Jurídicas de Puebla.
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lunes, 2 de agosto de 2010

TRATA DE PERSONAS Y DERECHOS HUMANOS

DR. JULIÁN GERMÁN MOLINA CARRILLO*
La Trata de Personas antes era conocida como Trata de Blancas, es definida como un delito contra los Derechos Humanos, y por tal motivo y debido a su incremento en nuestro estado y en todo el país, es importante definirla con precisión y conocer la situación que en cuanto a este delito presenta México.
El concepto de trata es la captación, transporte, traslado, o recepción de personas recurriendo a la amenaza, al uso de la fuerza, rapto, engaño, fraude, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, con fines de explotación sexual, laboral o de otra índole, considerada como la esclavitud del siglo XXI.
Este Delito consiste en el traslado forzoso o por engaño de una o varias personas de su lugar de origen (ya sea a nivel interno del país o transnacional), la privación total o parcial de su libertad y la explotación laboral, sexual o similar, sin embargo es importante diferenciarlos del trafico ilegal de emigrantes: En primer lugar, porque el objetivo de la trata de personas es la explotación del individuo, mientras que en el tráfico ilegal es el movimiento de un lugar de origen a otro de destino, siendo siempre entre naciones, no teniendo por qué ser así en la trata de personas, ya que se puede producir incluso dentro del país en segundo lugar, porque en la trata de personas la relación con la organización delictiva no finaliza una vez el individuo (víctima) ha llegado al destino, sino que es un proceso que continúa con la explotación del mismo, y en el caso del tráfico ilícito de emigrantes, la relación con la persona beneficiaria del pago finaliza una vez el sujeto ha llegado al país de destino.
Para Mario Luis Fuentes, director del Centro de Estudios e Investigación en Desarrollo y Asistencia Social, dijo: “la trata de personas es uno de los crímenes sociales más impunes en el país, un crimen que es visible pero se ignora, que no es denunciado y que lamentablemente todos los datos indican que para que se dé, tiene que haber complicidad de autoridades migratorias, judiciales y una enorme tolerancia”.
En el Distrito Federal, la zona de La Merced es uno de los 22 puntos donde existe trata de personas con fines de explotación sexual comercial, otros son circunvalación, Calzada de Tlalpan, la Zona Rosa y la Alameda Central, las victimas en su totalidad son mujeres, menores de edad, originarias de Puebla, Tlaxcala, Veracruz, Chiapas y Oaxaca.
Con base en lo anterior, es realmente alarmante que a pesar de que México cuenta con una Ley de trata de personas desde 2007, La Secretaria de Gobernación, con una comisión en la materia y el Congreso mexicano, con su propia comisión de trata, el número de investigaciones y condenas por este delito siguen siendo bajas.
En efecto, es alarmante que a nivel internacional México se encuentre en el quinto lugar en la Comisión del delito de trata de personas, situación que pone en evidencia que en nuestro país sigue habiendo falta de recursos gubernamentales, y sentencias, o castigos severos, e indica que si bien hubo un aumento en la aplicación de la Ley, los esfuerzos fueron desiguales en todo el país y de manera vergonzosa el Informe sobre Trata de Personas 2010, del Departamento de Estados Unidos, publicado el 14 de junio, advierte que para que este delito, no sea castigado de manera puntual, se suma el hecho de que muchos jueces no están familiarizados con las leyes de trata y que por segundo año consecutivo son escasos los resultados de la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Trata de Personas a tres años de su promulgación.
En el caso particular de Puebla, no obstante que es uno de los Estados con mayor vulnerabilidad para la comisión de este delito, será hasta el último trimestre del año cuando el Congreso del estado presente y en su caso, apruebe la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas en Puebla, delito por el cual existen a la fecha 12 investigaciones abiertas y 47 personas implicadas.
Ante este panorama es urgente que nuestros gobernantes realicen acciones tendientes a combatir este crimen y por lo tanto es urgente que tal y como lo recomienda Organismo Internacionales, México apruebe y ejecute un Plan Nacional de Acción Contra la Trata de Personas, que incluya mayor financiamiento y orientación a las agencias federales y gobiernos estatales, investigar y enjuiciar los delitos de trata, incluyendo a los funcionarios públicos que sean cómplices del delito.
*Director General del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla.
* Profesor-Investigador del Doctorado en Derecho del Centro de Ciencias Jurídicas de Puebla.
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lunes, 5 de julio de 2010

SOCIEDAD Y DERECHOS HUMANOS

LA CULTURA DE LA LEGALIDAD COMO BASE DEL RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS
DR. JULIAN GERMAN MOLINA CARRILLO*
Al inicio de su gestión, en lo que el mismo presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos llama “Su nueva etapa”, anuncio que buscaría dejar muy en claro que este Organismo esta para defender los derechos de las victimas del delito y los derechos de las victimas del abuso del poder.
Para lograr lo anterior, prometió que se mantendría un contacto muy cercano con los medios de la sociedad, con los organismos no gubernamentales y con toda aquella persona que desee colaborar para lograr este objetivo.
De igual forma el organismo considero que la protección de los derechos requiere crear conciencia en la sociedad e incidir en los servidores públicos, para que ante el actuar social y personal se anteponga el cumplimiento de la ley y el respeto de la dignidad humana.
En discurso para esta nueva dirección de la CNDH, es necesario impulsar una CULTURA DE LA LEGALIDAD, con una nueva generación de normas, en las que el respeto a la ley y a los Derechos Humanos sean la directriz de actuación en el servicio público y el cumplimiento de los deberes de las personas de convivencia entre autoridades y particulares.
El programa que en teoría resulta funcional, resultaría de vital importancia y se convertiría en la base de un futuro mejor en el cumplimiento y respeto a los derechos humanos de los mexicanos, si en realidad es observado y acatado principalmente por las autoridades, en virtud de que, promover la legalidad y el fortalecimiento de las instituciones, así como el Estado de Derecho, es un deber primordial de los gobiernos del continente y del mundo, sobre todo en México en las que se han registrado altas tasas de criminalidad y corrupción.
A través de la promoción de una cultura de la legalidad se inculcan en las sociedades valores necesarios para vivir en armonía y paz; además, se asegura que los órganos del Estado estén y actúen respetando la ley, la legalidad es un principio que todos, gobernantes y gobernados sin excepción, debemos acatar, como afirma Alain Turein en ¿Podemos vivir juntos?: “Desde la cotidianeidad, la seguridad ciudadana es indispensable para la convivencia humana”., y ésta sólo se logra con la legalidad, el Estado de derecho, la natural reconciliación y corresponsabilidad.

Unido a lo anterior, es importante resaltar, que mas que un programa de un organismo la legalidad es un factor importante y debe ser observado por todas las autoridades no como un plan de buenas intenciones a futuro, si no como su base de actuación, toda vez que es también un requisito para la democracia, como estipula el artículo 2 de la Carta Democrática Interamericana, adoptada en Lima, Perú, en el año 2001: “…la democracia representativa se refuerza y profundiza con la participación permanente, ética y responsable de la ciudadanía en un marco de legalidad conforme al respectivo orden constitucional”.

Al mismo tiempo, la legalidad, la democracia y el Estado de derecho constituyen condiciones necesarias para lograr la vigencia y el respeto de los Derechos Humanos en una sociedad justa e inclusiva, es decir, crecientemente civilizada, ello incluye el ejercicio de los derechos de participación política, el respeto al principio de la legalidad, la autonomía e independencia del Poder Judicial y la tutela efectiva frente a los actos del poder publico.
Por otra parte, es importante mencionar que el programa “Cultura de la Legalidad” es un programa impulsado por la OEA a través de la CICAD, que busca fomentar el cambio de actitud y comportamiento en estudiantes de 13 a 15 años, se enfoca principalmente a orientar y formar a los estudiantes en el respeto a ley, la participación en la comunidad, la toma de decisiones saludables y el papel que juegan los individuos, los padres, las familias y la sociedad en la solución de los problemas que amenazan a la seguridad publica.
Bajo este orden de ideas, es evidente que la promoción de la cultura de la legalidad es fundamental para abatir las violaciones a Derechos Humanos, mediante el impulso de políticas públicas que generen mas que una conciencia en la sociedad, una verdadera conciencia en nuestros gobernantes, toda vez que si bien es cierto, es de vital importancia que miembros de la sociedad civil tengamos un verdadero conocimiento de nuestros derechos y obligaciones, mismo que en la actualidad si poseemos” , también lo es, que es mas importante para el respeto a los Derechos humanos es que nuestros gobernantes, es decir nuestras autoridades, tengan muy en claro los derechos que le asisten a los ciudadanos, en virtud de que las violaciones a estos, se dan cuando ellos vulneran los Derechos Humanos de un miembro de la sociedad y no es la sociedad la que vulnera entre los particulares los Derechos Humanos.
*Director General del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla.
* Profesor-Investigador del Doctorado en Derecho del Centro de Ciencias Jurídicas de Puebla.

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SOCIEDAD Y DERECHOS HUMANOS

VIABILIDAD DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL QUE DOTARIA A LA COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS DE LA FACULTAD DE INVESTIGACION (I)

DR. JULIÁN GERMÁN MOLINA CARRILLO*

El pasado 8 de abril, la Cámara de Senadores aprobó un proyecto de reforma constitucional en materia de Derechos Humanos, el proyecto contempla modificaciones a los artículos 1, 3, 11, 15, 18, 29, 33, 89, 97, 102 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La reforma constitucional es un asunto pendiente y exigido no sólo por las Organizaciones de Derechos Humanos desde hace años, es un tema señalado reiteradamente por Organismos Internacionales (entre ellos la Organización de las Naciones Unidas y el Sistema Interamericano) como indispensable para cambiar la terrible realidad de los Derechos Humanos en el país, no debemos olvidar que 2009 fue un año de importante actividad legislativa en materias electoral y energética, y que el tema de Derechos Humanos quedó como un pendiente, a pesar de que, a fines de la anterior legislatura, la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de reforma en la materia, en aquel momento nos dio la impresión que dicho proyecto (aprobado en abril de 2009) se había realizado sin un verdadero compromiso de los legisladores con los Derechos Humanos.
Ese texto, impulsado en 2009 por la Secretaría de Gobernación, proponía reformar los artículos 1, 11, 33, 89 y 102, y a pesar de contener aspectos positivos, resultaba deficiente no sólo por lo limitado de la propuesta, sino porque resultaba contradictorio en su contenido, esto fue notado por los senadores cuando recibieron el proyecto, y desde un principio señalaron que era deficiente y dijeron que tenía pocas probabilidades de ser aprobado en esa instancia, el texto no fue puesto a consideración del pleno de la cámara alta y los senadores trabajaron en una propuesta propia de reforma constitucional en materia de Derechos Humanos, en la que participaron las comisiones de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y la de Reforma del Estado.
La propuesta de reforma, aprobada ya en el Senado y que será próximamente discutida en la cámara baja, es más amplia que la aprobada por los diputados hace más de un año, pues aborda modificaciones y adiciones a los artículos 1, 3, 11, 15, 18, 29, 33, 89, 97, 102 y 105 de la Constitución, pero puede resultar más controversial al mismo tiempo, toda vez que en ella entre otras propuestas destacan que se reconocería el rango constitucional de los Derechos Humanos en la misma y en tratados internacionales, así como la obligación de respetarlos por parte de las autoridades de todos los poderes y niveles de cuestión, en la que nuestra Constitución resultaba insuficiente, al reconocer únicamente las garantías individuales (redacción aún sujeta a discusiones conceptuales), y otro aspecto que parece sencillo, pero que no es menor, es el último cambio fundamental que en materia de Derechos Humanos contiene esta propuesta, y el cual resulta la propuesta más controvertida, que consiste en la faculta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a realizar las investigaciones sobre hechos que constituyan violaciones graves a los Derechos Humanos, facultad antes reservada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y que impide a cualquier dependencia negar información solicitada por la CNDH.
Sin embargo, la gran interrogante es si era necesario incluir este punto o si la CNDH ya tenía esas facultades, y lo mas importante, que tan positivo o viable resultaría dotarla de esta facultad, toda vez que al efecto tendría que atribuírsele el carácter de autoridad, por lo tanto es necesario analizar desde su estructura interna y la forma de elección del Ombusman, hasta los interés políticos que en la Comisión Nacional de Derechos Humanos podrían existir, para con ello aseguran la eficacia, transparencia y trascendencia positiva de sus resoluciones, en el entendido de que una reforma, aunque sea de carácter constitucional, no basta por sí sola para acabar con las violaciones en el país: se requiere de análisis profundo de sus bases y consecuencias, así como de voluntad política para acatar el compromiso que esperamos que dichas reformas contengan.

*Director General del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla.
* Profesor-Investigador del Doctorado en Derecho del Centro de Ciencias Jurídicas de Puebla.

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